El Consejo de Honor es el órgano encargado de investigar situaciones de hecho y de evaluar la separación de asociados en relación con el Artículo 10 inciso c) del presente estatuto, sea por iniciativa propia o por encargo expreso del Consejo Directivo.
El Consejo de Honor estará integrado por (5) cinco asociados quienes serán elegidos por un período de (2) dos años en elecciones simultaneas a la del Consejo Directivo y el Consejo de Vigilancia.